4.5.2021
Ciudades para el tricentenario
La pandemia del COVID-19 ha desnudado las enormes debilidades y limitaciones que tenemos como Nación. Nuestras ciudades, como construcciones sociales que son, han sido uno de los escenarios donde se han evidenciado con mayor fuerza el egoísmo e indiferencia que nos lastran, así como la solidaridad y la esperanza que nos unen.
Foto: Diego Dourojeanni
Lamentablemente, las brechas generadas por lo primero se han tornado, en algunos casos, infranqueables, mostrándonos los grandes retos que, en materia de urbanismo, tenemos que asumir para que la “nueva normalidad” sea más justa e inclusiva que la previa a la pandemia.
Podríamos enumerar esos retos, pero considero que hay un concepto que los aglutina: el “derecho a la ciudad” como ampliación del “derecho a la vivienda”, que fue eliminado en la Constitución de 1993 pero que está subyacente en la mayoría de derechos fundamentales: al libre desarrollo y bienestar, a la no discriminación, a elegir el lugar de residencia, al disfrute del tiempo libre y al descanso, a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, a la educación y a la salud.
¿Por qué es importante que el Estado Peruano reconozca el derecho a la ciudad como un derecho fundamental?
Porque con ello se estaría evidenciando la integralidad del bienestar, es decir, que toda intervención o inversión del Estado orientada a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos tendría que estar enmarcada en un modelo de desarrollo urbano que la justifique y, por ende, permita maximizar sus beneficios.
“¿Por qué es importante que el Estado Peruano reconozca el derecho a la ciudad como un derecho fundamental? Porque con ello se estaría evidenciando la integralidad del bienestar, es decir, que toda intervención o inversión del Estado orientada a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos tendría que estar enmarcada en un modelo de desarrollo urbano que la justifique y, por ende, permita maximizar sus beneficios.”
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