31.3.2015
Programa de ayudas al arte joven de la comunidad de Madrid
La Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid considera el apoyo al arte joven como una de las prioridades de su política cultural.
Facilitar la movilidad, la formación y el acceso al mundo profesional de los jóvenes artistas y fomentar la promoción y visibilidad de su trabajo son los dos pilares fundamentales de esta política, articulada a través de un programa de becas, ayudas y premios, que se materializa en la Sala de Arte Joven de la Comunidad, espacio de referencia para los jóvenes artistas de la región.
Este año, la Comunidad de Madrid, consciente de la importancia de salir al exterior, de abrir nuevos horizontes y de establecer redes de contactos con agentes artísticos de otros países, convoca por primera vez las Becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios, 2015, al objeto de favorecer la movilidad de los artistas en el ámbito internacional y de fomentar el desarrollo de sus carreras profesionales, potenciando la formación de los creadores y agentes culturales.
A estas becas de residencia hay que añadir la XXVI edición de Circuitos de Artes Plásticas, que subvenciona la producción de obra de hasta un máximo de 10 artistas jóvenes, y Se busca comisario, que brinda la oportunidad a jóvenes comisarios de programar la actividad de la Sala de Arte Joven durante seis meses.
Becas de residencia en el extranjero para jóvenes artistas y comisarios, 2015:
• Qué. Se conceden 8 becas de 2.500 € cada una para residencias en el extranjero que tengan lugar durante el año 2015 con una duración máxima de tres meses.
• Para quién. Podrán participar artistas y comisarios del ámbito de las artes visuales residentes en la Comunidad de Madrid que sean menores de 35 años al cierre de la convocatoria. Deberán contar con una carta de invitación o aceptación del centro en el que se pretende realizar la residencia.
• Dónde. La documentación podrá presentarse en el Registro sito en la calle Caballero de Gracia, nº 32, 28013 Madrid, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro Telemático.
• Cuándo. Hasta el 17 de abril.