26.4.2010

El CPAU presenta el ‘Proyecto de Ley de Arancel’

El Consejo Profesional de Arequitectura y Urbanismo pone a disposición de sus matriculados el Proyecto de Ley de Arancel que será presentado ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se pone a disposición de los matriculados el Proyecto de Ley de Arancel que próximamente será presentado ante la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El instrumento que se sancione será de aplicación en CABA. Asimismo, el Decreto-Ley 7887/55 y la normativa oficial que actualmente lo complementa y modifica continuará vigente en la Jurisdicción Nacional, ante Tribunales Nacionales y Organismos Públicos Nacionales y en lugares sujetos a la jurisdicción federal como aeropuertos y puertos nacionales, parques nacionales, etc. Este Decreto Ley tiene plena vigencia en la Ciudad hasta tanto se sancione en la Legislatura de la Ciudad el Proyecto de Ley que se propone.

Propósitos:
– Difundir
entre los matriculados un trabajo que extracta la opinión del Consejo en relación con los servicios que puede brindar el arquitecto, los alcances que deben comprender y los honorarios que considera como justa retribución por la capacidad, responsabilidad, dedicación y gastos que debe aportar y comprometer el arquitecto para el cumplimiento de aquellas tareas.
– Aconsejar
a los matriculados que tengan en consideración los contenidos de este documento al momento de redactar o efectuar sus propuestas ya que la desregulación del Arancel vigente permite apartarse de las normas arancelarias que estuvieron vigentes hasta su derogación por el Decreto 2284 del año 1991.
– Recoger las observaciones y sugerencias que el proyecto pueda merecer de nuestros matriculados, las que serán recibidas en el Consejo hasta la fecha 7 del próximo mes de Mayo.

Se destaca el carácter de honorario mínimo y de orden público que se propone en las disposiciones del proyecto de Arancel, lo que implicaría, por una parte, la nulidad de todo pacto o convenio que las contravenga y por la otra, la obligatoriedad de respetar los honorarios mínimos so pena de incurrir en falta de ética. Esta última referencia nos obliga recordar a los colegas que la ausencia de un honorario mínimo de ley, implica un compromiso adicional para los arquitectos quienes, dentro de un marco de alta competencia, deben evaluar, proponer y defender honorarios que retribuyan adecuadamente prestaciones profesionales del mejor nivel, manteniendo una actitud ética para con los colegas y preservando la dignidad profesional. Esta condición adquirirá aún mayor trascendencia de lograrse la sanción del proyecto que se difunde en esta oportunidad porque el compromiso ético encontraría su fundamento en la objetividad de la Ley.

-Introducción al proyecto de Ley para un nuevo Arancel en la jurisdicción de la CABA.
– Proyecto de Ley de Arancel.
– Ejemplos de cálculo de honorarios de proyecto y dirección.
– Ingrese aquí las observaciones y sugerencias que el proyecto puede merecer.

Observaciones por mail a servicios@cpau.org
CPAU | Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo
25 de Mayo 482 – Ciudad de Buenos Aires – Tel. (+5411) 5238.1068 | www.cpau.org

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