El presente Convenio tiene por objeto autorizar el ejercicio profesional de los Arquitectos matriculado en la respectiva jurisdicción Provincial de origen, para ejercer válidamente en las otras Provincias o Jurisdicciones, sin necesidad de matricularse en la Entidad de destino donde desarrolle su tarea profesional.
A la fecha han firmado dicho Convenio las siguientes Instituciones Miembros de la FADEA:
FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE ARQUITECTOS
Sección Argentina de la Unión Internacional de Arquitectos
Sección Nacional de la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos
Publicado por: Alberto Gorbatt
¿Cómo es posible, que todavía el CPAU y el CAPBA, no hallan suscripto este convenio?
Los profesionales de la CABA y de la Pcia. de Buenos Aires estan obligados a matricularse y a abonar, en todos los colegios y/o cajas de jubilación, ante la eventualidad de una encomienda en otro distrito.
Acerca de arqa.com | Política de privacidad | Asociados y Miembros | Contacto | Publicar en arqa | Sponsors
© Copyright 1996-2012 arqa.com
Arias 1691 2° C - (1429) Buenos Aires - Argentina